¿Hacia la armonización de los controles nacionales a la exportación nuclear?
Palabras clave:
TNP, exportaciones nucleares, bienes de doble uso, energía nuclear, armonizaciónResumen
Teniendo en cuenta la Resolución 1540 (2004) del Consejo de Seguridad y las recomendaciones adoptadas por la Conferencia de revisión del TNP celebrada en 2010, las directrices acordadas en el Comité Zangger y en el Grupo de Suministradores Nucleares se han convertido en un estándar universal de las medidas nacionales para el control de exportaciones nucleares. Sin embargo, el contenido de estas directrices promueve muy limitadamente la armonización de esos controles nacionales, dado el carácter vago e impreciso de muchas de sus disposiciones y el grado de discreción que deja a los Estados para su aplicación. De hecho, la aplicación universal de estas directrices no contribuye significativamente a la construcción de un sistema coherente de medidas nacionales de control y, más aún, podría conducir al debilitamiento del papel asignado a las organizaciones internacionales competentes en la materia. Los objetivos de no proliferación, así como la seguridad de los intercambios comerciales, justifican plantear la necesidad de un cambio de enfoque en la regulación del control de las exportaciones nucleares. Cambio que, entendemos, permita pasar de un sistema centrado en la limitación de la oferta nuclear a otro centrado en el control de las actividades nucleares llevadas a cabo en el interior de los Estados.
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