Política de revisión por pares
Política de revisión por pares
Política de revisión por pares y directrices de evaluación de las propuestas de estudios enviadas a la REDI
Conforme a las Directrices generales de la Revista (Directrices 6.1 y 6.2), los manuscritos calificados como Estudios se someterán a sendos informes de dos especialistas en la materia objeto del escrito (método de doble ciego por pares), ajenos al Consejo de Redacción y al Consejo Asesor. La Dirección y el Consejo de Redacción de la Revista agradece a los evaluadores o revisores la aceptación del encargo o evaluar una propuesta de Estudio para su eventual publicación en la Revista Española de Derecho Internacional.
Cuando una de las recomendaciones de los evaluadores o revisores emitidas sea negativa y otra positiva, la Dirección podrá recabar una tercera opinión o, en todo caso, decidirá el Consejo de Redacción, responsable último de todas las decisiones relativas a la publicación de esos manuscritos. La decisión se tomará siempre sobre la base de la calidad de los manuscritos, su importancia para la Revista y sus lectores, las recomendaciones de los evaluadores y las normas relativas a los derechos de autor. Las decisiones de la Dirección y del Consejo de Redacción serán comunicadas a sus autores.
El proceso de evaluación tiene por finalidad asistir a la Dirección y al Consejo de Redacción en la toma de decisiones sobre los manuscritos que se publicarán en cada número de la Revista como Estudios y, a la vez, ayudar a los autores a mejorar los manuscritos susceptibles de ser publicados como Estudios. Como se precisa en las Directrices éticas de la Revista (Directriz 4), los revisores sólo aceptarán revisar un manuscrito cuando tengan la experiencia necesaria para llevar a cabo una evaluación adecuada y realizada en el tiempo permitido. En caso de que los evaluadores, por cualquier razón, conozcan la identidad del autor cuyo escrito está sujeto a evaluación, deberán abstenerse. La persona invitada para actuar como evaluador podrá, asimismo, rehusar hacer la evaluación cuando no se sienta cualificado para evaluar el escrito, o si considera que no va a poder realizar la evaluación en tiempo oportuno. La Dirección no encargará informes a personas cuya imparcialidad pueda ser contestada por razón de vinculación laboral, académica, comercial o personal, o cualquier otra, con el autor del escrito, evitándose los conflictos de intereses que puedan influir o sesgar directa o indirectamente el proceso de publicación. Actuarán con objetividad y emitirán juicios y evaluaciones claros y precisos, suficientemente argumentados, constructivos y respetuosos, e imparciales. Proporcionarán comentarios sobre el manuscrito, sugerirán mejoras y harán una recomendación al Consejo de Redacción sobre si aceptar, rechazar o solicitar cambios en el manuscrito.
Los revisores defenderán las normas de la Revista y ayudarán a prevenir infracciones éticas identificando plagios, fraudes en la investigación y otros problemas relacionados con el manuscrito. En particular, los revisores deberán señalar las publicaciones relevantes que no hayan sido citadas por el autor del manuscrito, como posibles similitudes con, o duplicación parcial o completa de otros artículos ya publicados, de los que el revisor tenga conocimiento personal.
Los editores de la Revista aplicarán las recomendaciones del Comité de Ética en Publicación (COPE, por las siglas en inglés de Committee on Publication Ethics) en caso de detectar algún comportamiento inadecuado por parte de algún revisor.
La evaluación tendrá en cuenta las siguientes cuestiones, valorando del 1 al 5 (siendo 1 la menor y 5 la mejor puntuación):
1. El título del trabajo responde al contenido.
2. El título del trabajo se considera adecuado (inteligible y no excesivamente largo).
3. Las palabras clave y el resumen son pertinentes.
4. La estructura y el desarrollo argumental son adecuados.
5. Las citas en notas al pie son correctas y suficientes.
6. La exposición y las ideas son claras.
7. Las conclusiones se corresponden con los desarrollos.
8. El conjunto del trabajo tiene relevancia para la comunidad científica.
9. El trabajo en su conjunto supone un avance científico-técnico respecto al estado actual de cosas.
Con el objeto de que le resulte más cómoda y rápida la tarea de evaluación, se indican unas breves orientaciones sobre algunas de esas cuestiones por las que se le pregunta en el formulario de evaluación. En relación con la cuestión 4 (estructura y desarrollo argumental), es deseable que se respete el orden expositivo propuesto por el/la autor/a, salvo que resulte incongruente. Por lo que se refiere a la cuestión 5 (citas en nota a pie de página), el/la autor/a es libre a la hora de apoyar sus afirmaciones en una u otra doctrina previa, aunque, obviamente, puede realizar sugerencias acerca de fuentes que a su juicio debieron consultarse –sugerencias que, a su vez, el/la autor/a valorará libremente–. Una cita se considera incorrecta si no es necesaria (por ejemplo, sustenta afirmaciones obvias) o no se corresponde con el texto al que acompaña. La cita es insuficiente si falta de manera ostentosa (el/la autor/a se apropia de afirmaciones ajenas). En la cuestión 6 (exposición y claridad de las ideas), se sugiere que no se interfiera en el estilo literario, que es una elección del/de la autor/a, siempre y cuando no sea incompatible con la claridad en la exposición o existan errores graves de sintaxis u ortográficos importantes. Para la cuestión 8 (relevancia del trabajo para la comunidad científica), debe evitarse descalificar el trabajo solamente porque sus planteamientos o conclusiones son diferentes a las que Vd. habría alcanzado. Si se considera que el trabajo carece de relevancia, se sugiere que es puramente descriptivo, y/o que carece de un análisis y valoración que supongan una contribución al conocimiento del tema. Finalmente, en relación con la cuestión 9 (el trabajo supone un avance científico-técnico), debe evitarse igualmente descalificar un trabajo por el mero hecho de que sus planteamientos o conclusiones son diferentes a las que Vd. habría alcanzado. Se considera que el trabajo es un avance si en su conjunto, o en alguno de sus elementos, representa una novedad de interés en relación con el estado de cosas, y aparece razonado.
Teniendo en cuenta las valoraciones anteriores, la evaluación debe indicar su recomendación conforme a una de las siguientes opciones:
1. El estudio es publicable tal y como se ha presentado.
2. el estudio es publicable con modificaciones menores.
3. El estudio es publicable con modificaciones mayores.
4. El estudio no es publicable
En caso de que el estudio sea publicable con modificaciones mayores, el/la evaluador/a puede indicar si estaría en disposición de reevaluar el trabajo revisado.
Se ruega motivar la evaluación realizada con los comentarios oportunos, ya sea a continuación en la propia página de la gestión editorial de la Revista o en un archivo adjunto con formato “.pdf”, “.doc” o “.docx” que puede subirse a través de la página. Pueden formularse observaciones solo al equipo editorial de la Revista o recomendaciones y observaciones específicas para los autores, cuyo contenido se dará a conocer a estos. Las recomendaciones y observaciones serían remitidas de forma totalmente anónima al/a la autor/a para que este/a, si lo estima conveniente, pueda modificar su trabajo o formular la respuesta razonada que estime oportuna.
Las evaluaciones se desarrollarán de manera objetiva y las recomendaciones y observaciones dirigidas al/a la autor/a serán claras y emplearán argumentos sólidos y constructivos, a fin de que puedan ser utilizadas por los autores para la mejora de sus manuscritos. No serán admitidas las críticas personales, ni los comentarios ofensivos de cualquier índole. En conclusión, evaluar un trabajo no es reescribirlo porque el/la autor/a no ha escrito el trabajo que Vd. hubiese redactado, o porque no sustenta las mismas opiniones que Vd. Se pide que de manera honesta emita su opinión constructiva sobre una serie de elementos objetivos que ayudarán al Consejo de Redacción a tomar una decisión acerca de la publicación del trabajo en la Revista.
Si se desea, la Revista expedirá un certificado de su desempeño como evaluador/a del número/volumen de la Revista.
La Dirección y el Consejo de Redacción de la REDI reiteran su agradecimiento a los/as evaluadores/as o revisores/as por su valiosa colaboración.