La responsabilidad de las empresas armamentistas por el tráfico ilegal de sus armas y su impacto negativo en los derechos humanos. ¿Una cuestión de debida diligencia?
DOI:
https://doi.org/10.36151/REDI.76.1.5Palabras clave:
Empresas, Derechos Humanos, Armas, Desvío y transferencia ilícita, Deberes empresariales, Debida diligencia, Responsabilidad corporativa, ExtraterritorialidadResumen
De conformidad con el segundo pilar de los Principios Rectores de la Organización de las Naciones Unidas sobre las Empresas y los Derechos Humanos, esto es, a tenor de la obligación empresarial de observar los derechos humanos, la finalidad de este trabajo reside en esclarecer si el Derecho vigente obliga a las empresas armamentistas domiciliadas en el territorio de un Estado y/o sujetas a su jurisdicción a responder, en el contexto de sus actividades o de las operaciones de su cadena de valor, de las vulneraciones, reales o potenciales, contra los derechos humanos cometidas o que se puedan cometer con sus armas en circulación ilegal tanto en el Estado de origen como en terceros Estados.
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