Revista Española
de Derecho
Internacional
Régimen económico matrimonial.—Legislación aplicable.—Matrimonios celebrados con anterioridad a la Ley 11/1990, de 15 de octubre y con posterioridad a la Constitución Española.—Laguna legal.—Autonomía de la voluntad.
Preceptos aplicados: art. 9.2 del CC en su versión anterior a la Ley 11/1990, de 15 de octubre.
Resolución DGRN, de 9 de julio de 2014. Derecho: Ilmo. Sr. Director General de la Dirección de los Registros y del Notariado, Joaquín José Rodríguez Hernández.
Autor:
Santiago Álvarez González
Catedrático Derecho Internacional Privado, Universidad Santiago de Compostela (Professor Private International Law, Santiago de Compostela University). santiago.alvarez@usc.es
Revista:
REDI Vol. LXVII 2 2015
Sección:
Jurisprudencia
Paginas:
228-231
DOI:
http://dx.doi.org/10.17103/10.17103/redi.67.2.2015.3b.15
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