Revista Española
de Derecho
Internacional
El año 2006 pasará a la historia del Derecho Internacional como el año de la subida a los cielos y el descenso a los infiernos de los actos unilaterales de los Estados, al menos en lo que a la posible codificación de este tema respecta. Esta afirmación, planteada a modo de hipótesis en el momento en que redacto estas líneas (mayo del año 2006), aunque en apariencia apocalíptica, no hace más que reflejar la tendencia dibujada desde 1996 hasta el año en curso respecto al tratamiento de este tema. Y ello encuentra su reflejo tanto en la propia Comisión de Derecho Internacional (en adelante CDI) como en la Sexta Comisión de la Asamblea General de Naciones Unidas. En este sentido, el reciente pronunciamiento de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de febrero de 2006 en el asunto de la República Democrática del Congo contra Ruanda, a pesar de declarar su incompetencia para conocer del fondo del asunto, ofrece elementos destacables relacionados muy directamente con los actos unilaterales de los Estados. Y éste es, también, y si se me permite la expresión, el ascenso a los cielos del tema de los actos unilaterales.
Autor:
María Isabel Torres Cazorla
Revista:
REDI Vol. LVIII 1 2006
Sección:
Notas
Paginas:
257-270
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