Blackwater ante el Derecho internacional: el negocio de la inmunidad

Autor:
Antonio Pastor Palomar
Profesor Titular Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales, Universidad Rey Juan Carlos de Madrid (Tenured Professor, International Law and International Relations, University Rey Juan Carlos. Spain) antonio.pastor@urjc.es

Resumen:
La privatización del poder público de un Estado constituye un fenómeno social creciente, tanto en tiempo de paz cuanto en el de conflictos armados internos o internacionales. Afecta a servicios de carácter exclusivamente económico, condicionados por la liberalización, la desregulación o la competitividad, y también a otros núcleos de la soberanía estatal tan sensibles como los servicios de seguridad y militares. Empresas privadas como Blackwater no son órganos del Estado, pero pueden actuar por instrucciones o bajo su dirección y control. En cualquier caso, las actividades, la gestión y ciertos comportamientos de los empleados de estas empresas son susceptibles de someterse ante el derecho internacional.

Sumario:
I. Blackwater como empresa y elemento de la total force.–II. El marco regulador de los servicios privados de seguridad y militares en conflictos armados internacionales. 1. ¿Qué puede privatizarse conforme al derecho internacional? 2. ¿Qué uso de la fuerza se autoriza? 3. El contrato estatal y la responsabilidad corporativa.–III. El Estatuto Jurídico de Blackwater en Irak y Afganistán. 1. En el derecho internacional humanitario: Combatientes y/o civiles. 2. En el derecho iraquí: La Orden 17 de la Autoridad Provisional de la Coalición. 3. Los Status of Forces Agreements con Afganistán e Irak.–IV. Atribución y exigencia de responsabilidad internacional a los Estados por los actos de Blackwater.–V. Modos de hacer efectiva la responsabilidad de Blackwater: examen a la Jurisdicción de Estados Unidos. 1. Jurisdicción militar: territorial y extraterritorial. 2. Jurisdicción federal penal: la Jurisdicción Especial Marítima y Territorial. 3. Jurisdicción federal civil y sus límites: el caso McMahon v. Presidential Airways Inc./Blackwater. 3.1 No enjuiciamiento de cuestiones políticas: internacionales, militares. 3.2 Las excepciones a la Federal Tort Claims Act: A) La inmunidad soberana derivada. B) La excepción por actividades de combate. C) La excepción por funciones discrecionales.–VI. Conclusiones.

Revista:
REDI Vol. LX 2 2008

Sección:
Estudios

Paginas:
427-455

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